Recientemente el proyecto Buruxka (Recuperación del espigamiento como valor social y ambiental), del que hemos hablado en varias entradas, y en el que la Universidad Pública de Navarra ha participado, ha sido reconocido como una de las tres mejores prácticas en la edición XXII de los premios José Ignacio Sanz Arbizu a las mejores prácticas en Desarrollo Local Sostenible. El premio lo otorga El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
El proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario ha recibido algunas críticas desde frentes diversos.
En este articulo de opinión publicado en el Blog Plantea Futuro de El País, y firmado por Cristina Romero (iniciativa ”No al despilfarro de alimentos en comedores escolares») en nombre del colectivo #LeySinDesperdicio. Este colectivo agrupa a un buen número de organizaciones vinculadas a la lucha contra las pérdidas y desperdicio de alimentos. Afirman que la ley es poco ambiciosa, que se necesita una ley verdaderamente «transformadora», que debe ir al origen y «centrarse en la prevención de las pérdidas y el desperdicio, y evitar que se generen excedentes alimentarios a lo largo de la cadena: es mejor prevenir que curar». Hacen hincapié en que la ley debe ser más precisa en sus definiciones clave y más explicita a la hora de establecer la necesidad hacer un buen diagnóstico de la situación y la exigencia de que los diferentes agentes de la cadena cuantifiquen el desperdicio de alimentos. Para ello las administraciones deberían dotarse de mecanismos y recursos para impulsar dicha cuantificación y acometer la necesaria vigilancia.
10 puntos para una #LeySinDesperdicio: 1. ¡Mejor prevenir que curar! Y en cuestión de desperdicio alimentario más. Debemos cambiar la lógica: producir lo necesario para evitar desperdiciar y no tener que gestionar las pérdidas. 2. No podemos solucionar lo que no conocemos. Es imprescindible medir el desperdicio en todas las fases de la cadena alimentaria: desde el campo a la mesa. Con metodología adecuada a cada uno de los actores y recursos necesarios para poder evaluar a futuro. 3. Necesitamos medir cuánto, pero también CÓMO se desperdicia, para adecuar las soluciones a cada situación. 4. La rebusca o espigueo en los campos de cultivo es un mecanismo que reduce el desperdicio y ayuda a cuantificar las pérdidas en la fase de producción. 5. Una ley es más efectiva cuanto menos espacio deje a la interpretación. Por eso, necesitamos precisar las definiciones clave de manera objetiva: desperdicio, pérdida, etc 6. La medición de las pérdidas y el desperdicio alimentario debe ser una acción obligatoria y no voluntaria para todas las entidades / empresas de la cadena. 7. Es importante que la ley recoja las sanciones necesarias para evitar la tentación de esquivar el principal objetivo de la ley: reducir el desperdicio alimentario en todas las fases. Junto a las sanciones es crucial incluir acciones pedagógicas y medidas que faciliten el cumplimiento. 8. La administración debe jugar un papel importante de vigilancia en el cumplimiento de la ley. 9. Creemos que la ley debe marcar plazos para su desarrollo y los instrumentos necesarios para su puesta en marcha, como el Plan Estratégico, el Plan de Control, las guías propuestas, etc. 10. Incluir la creación de un espacio de participación, decisión y acompañamiento en el que estén todos los actores involucrados, incluida la sociedad civil, para el cumplimiento de la ley.
En este artículo del Eleconomista.es se hace referencia a las críticas vertidas desde el Consejo Económico y Social (CES) y desde la Asociación de Fabricantes y Distribuidores AECOC.
El CES hace referencia de nuevo a la falta de claridad y precisión de algunos conceptos y definiciones que dañan la seguridad jurídica del texto. También señala, en línea con lo reclamado por el colectivo #LeySinDesperdicio, que es llamativo que no se haga más énfasis en la prevención de las pérdidas y desperdicio, y que no se coloque esta cuestión en lo alto de la jerarquía de prioridades. También AECOC reclama que la ley debería «incidir más en la prevención».
El CES hace también referencia a que la ley debe exigir que «las donaciones, se lleven a cabo con plenas garantías de la salvaguarda de la seguridad alimentaria y la calidad de los productos». En su dictamen también aboga «porque la ley, antes de su entrada en vigor, tenga en consideración las distintas características de los distintos sectores que van a verse afectados, como el tamaño de las empresas, los autónomos, así como la conveniencia de reforzar el sistema de incentivos, entre otros, los de carácter fiscal».
En la misma línea, AECOC, como asociación empresarial, crítica el espíritu sancionador de la ley y muestra su preferencia por otros modelos más incentivadores, como el italiano.
En relación al plan de prevención de perdidas y desperdicio que contemple cómo se aplica la jerarquía de prioridades (artículo 6), AECOC señala que «convendría precisar si las empresas van a tener la obligación de presentar/registrar el plan que exige la Ley y, en ese caso, ante quién debe presentarse».
Otro aspecto en el que incide AECOC es en que la ley debe ser más precisa en su exigencia de trazabilidad (artículo 9). Consideran «fundamental indicar qué tipo de trazabilidad se va a exigir en la donación/redistribución de alimentos» que en este terreno opinan «que disponer de trazabilidad por lote es extremadamente complejo en estos casos y, quizás, imposible de cumplir por parte de las entidades beneficiarias». A AECOC le preocupa que la ley genere mucha burocracia «que reste eficiencia y competitividad a las empresas».
“La Alimentación no tiene desperdicio” es una iniciativa de colaboración para reducir el desperdicio alimentario liderada por AECOC (https://www.alimentacionsindesperdicio.com/)
En este otro artículo de Agrodigital.com aparecen las críticas de la organización agraria Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, que considera que debería desaparecer de la ley la expresión de pérdidas. La organización interpreta que la ley viene a señalar que la parte de la producción de una explotación que no se comercializa es una «perdida asimilable a un desperdicio alimentario» que estaría sujeta a penalizaciones o a la imposición de obligaciones que supondrían para el productor costes adicionales al coste ya ocasionado de producir y no comercializar.
Que a su juicio, debe quedar muy claro en la ley que el desperdicio «sucede a partir de la primera entrega de productos primarios». Mi impresión es que confunden algunos aspectos de la ley, que la misma habla de desperdicio precisamente en dichos términos, que cuando plantea obligaciones o buenas prácticas específicas se centra en la parte en los eslabones de distribución y venta, hostelería y restauración, en las entidades receptoras de donaciones, en algún caso en la industria. Y que no plantea penalizaciones ni obligaciones (al menos no de forma específica) en lo que tiene que ver con las pérdidas y el sector primario.
En parte a consecuencia de las últimas polémicas sobre las «macrogranjas», el pasado 30 de enero, en su sección Clima y Medio Ambiente, el diaro El País publicó un amplio reportaje titulado «La trampa de la comida barata», en la que trata el impacto ambiental derivado de la producción alimentaria en España. El reportaje analiza cinco casos o productos.
Carne de vacuno. El reportaje compara el impacto ambiental de la producción intensiva y extensiva de ganado vacuno, en particular la huella de carbono, ilustrando que el tema es complejo y menos evidente de lo que a priori puede parecer.
Lechuga. Se centra en la producción intensiva de lechuga y en general, de hortalizas, en el Campo de Cartagena, de las consecuencias que tiene sobre la contaminación de las aguas del Mar Menor, derivada de la fertilización y uso de pesticidas; y de la dificultad de revertir la situación, debido a la magnitud del daño acumulado y de la escala de superficie dedicada a esta producción.
Fresas. Trata el impacto de la producción intensiva de fresas en el agotamiento de acuíferos. Habla en concreto de la afectación del humedal de Doñana, debido al desarrollo de plantaciones de regadío en sus inmediaciones.
Carne de cerdo. Señala el crecimiento enorme (más del 50 %) de la producción intensiva de porcino en España, y de su posible vinculación con procesos de desforestación en Brasil y Argentina, orientados a la plantación de soja, uno de los alimentos base de cerdos y pollos. También habla de los efectos negativos (medioambientales, sociales y económicos) que la instalación masiva de este tipo de granjas puede tener sobre los municipios rurales.
Atún rojo. Trata la cuestión de la cría de atún rojo en aguas del mediterráneo con vistas a su engorde y enriquecimiento en grasa, para su exportación posterior principalmente a Japón. Estas granjas marinas emplean grandes cantidades de pescado de especies que podrían destinarse a consumo humano.
El reportaje es extenso, y recoge datos y opiniones diversas, vertidas por los agentes implicados y por investigadores del impacto ambiental de los sistemas de producción de alimentos, así como de expertos académicos en economía agraria.
Hace unos días el diario El País publicó un reportaje titulado «El viaje no tan circular de los residuos domésticos en España». Es un reportaje muy didáctico en el que se visualiza bien la situación de los principales flujos de residuos (envases de diferente tipo como vidrio, tetrabrik, aluminio, PET, etc.; el papel y cartón, los residuos alimentarios, los textiles, electrodomésticos) y se evalúa el grado de circularidad asociado a cuatro aspectos: el diseño y fabricación, la recogida de los residuos (hasta que punto se recogen separadamente o mezclados con otros tipos de residuos), el grado de reciclaje (los tratamientos de valorización o eliminación a los que son sometidos), y las posibilidades de reutilización del material reciclado.
Atendiendo a los residuos alimentarios, o mejor los biorresiduos (fundamentalmente los restos de alimentos y las «podas»), el artículo señala que suponen en peso la parte más abundante de los residuos urbanos, alrededor de un 36 %. Y que a nivel nacional la situación esta lejos de estar donde debería. En una entrada anterior de 2015 ya hablábamos de todo esto, y la cosa no parece haber mejorado mucho. El mayor problema reside en el hecho de que la recogida separada de estos residuos está muy poco implantada en la gran mayoría de las comunidades autónomas. El contenedor de materia orgánica solo está generalizado en Cataluña, Navarra y País Vasco. El tratamiento posterior de estos residuos a través de procesos biológicos (biometanización y compotaje) se ve muy condicionado por este hecho. Únicamente el material orgánico separado en origen permite obtener un compost de alta calidad. En consecuencia, en España se produce poco compost de este tipo. Y además, tampoco parece existir un aprovechamiento adecuado del compost.
La consecuencia final de todo esto es que gran parte de los residuos orgánicos acaban siendo eliminados en vertedero, la opción menos circular que existe. Esto sitúa a España en el grupo de países europeos que está a la cola en el cumplimiento del mandato de la UE con respecto a limitar el vertido de residuos municipales a un máximo del 10 % del total en 2035.
En la siguiente figura, realizada con los datos publicados para el año 2017 por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se resume el itinerario de los residuos de competencia municipal. Se indica cómo sólo el 16 % de los residuos se recoge de forma separada. El 84 % restante se recoge en forma de residuos mezclados, lo que determina que, tras las operaciones de clasificación o triaje y de biometanización y/o compostaje en las plantas de tratamiento, buena parte de los materiales constituyen rechazos que van a parar también en su mayor parte a vertederos.