Archivo de la etiqueta: Leyes y normas

Subproducto vs residuo

En esta entrada continuamos con descripción de las definiciones relativas a residuos establecidas en la normativa europea. Vamos a tratar el concepto de subproducto y su distinción del concepto de residuo.

En la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, que es la transposición de la Directiva 2008/98/CE, además de la definición de los diferentes tipos de residuos, incluida la de biorresiduo, se establece cuándo una sustancia u objeto debe ser considerada un subproducto y no un residuo.

Literalmente, en su artículo 4, la ley dice:

«Una sustancia u objeto, resultante de un proceso de producción, cuya finalidad primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto, puede ser considerada como subproducto y no como residuo, únicamente si se cumplen las siguientes condiciones:

a) es seguro que la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente;

b) la sustancia u objeto puede utilizarse directamente sin tener que someterse a una transformación ulterior distinta de la práctica industrial normal;

c) la sustancia u objeto se produce como parte integrante de un proceso de producción; y

d) el uso ulterior es legal, es decir la sustancia u objeto cumple todos los requisitos pertinentes para la aplicación específica relativos a los productos y a la protección del medio ambiente y de la salud, y no producirá impactos generales adversos para el medio ambiente o la salud humana»

No siempre es evidente la distinción entre subproducto o residuo. En el siguiente enlace se encontrar el Procedimiento para la Declaración de Subproducto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medioambiente.

En la industria alimentaria, durante el proceso de obtención de un producto, la materia prima o materias primas utilizadas son sometidas a distintas operaciones de forma secuencial, y es habitual que en una o varias de dichas operaciones partes de la materia prima sean retiradas, tras una mayor o menor transformación de sus características de partida, dejando de formar parte del producto final. Estas partes no utilizadas podrán o no ser susceptibles de ser clasificadas como subproductos o residuos en función de sí tienen o no una utilización posterior.

Por ejemplo: en la industria cervecera, tras la filtración del mosto, se genera el llamado bagazo (es decir, las maltas agotadas tras el proceso de maceración del mosto, que contienen un contenido importante de fibra, así como de proteínas y otros componentes). Un destino muy habitual de los bagazos es la alimentación animal. Si esto es asi, el bagazo sería un subproducto. Si no es así, y el bagazo no tuviera una utilización inmediata después de su generación, se trataría de un residuo.

El bagazo es el principal subproducto generado en la industria cervecera, y se destina habitualmente a alimentación animal

El bagazo es el principal residuo/subproducto generado en la industria cervecera (unos 17-24 kg por cada 100 litros de cerveza). Habitualmente se destina a alimentación animal.

En la siguiente entrada se describe la definición de «Food waste» planteada desde el programa FUSIONS de la Unión Europea.

¿Qué son las pérdidas y desperdicio (según la FAO)?

Tanto en el ámbito académico como en el terreno institucional-normativo (FAO, Unión Europea, OCDE, etc.) nos encontramos con diversas definiciones que hablan de pérdidas, desperdicio de alimentos, de residuos alimentarios, bioresiduos, residuos biodegradables, de subproductos y coproductos, etc. Esta diversidad de definiciones provoca bastante confusión. Y esta confusión aumenta a veces cuando se aborda la traducción desde el inglés algunos de estos conceptos (en particular, el término waste aparece en muchas ocasiones aplicado a cosas distintas, como se verá posterioremente).

Sería deseable que hubiera una mayor armonía en la terminología empleada, de cara a que existan criterios uniformes en la forma en que se evalúan los problemas planteados, se puedan comparar los datos disponibles, se identifiquen con certeza los factores fundamentales que afectan a cada caso en concreto, se fijen objetivos específicos, y se planteen estrategias adecuadas para conseguirlos.

En esta entrada y en varias posteriores se van a tratar de algunas de estas definiciones, comenzando por las definiciones establecidas por la FAO en relación a las pérdidas y desperdicio de alimentos. 

En el primer documento que surgió de la iniciativa SAVE FOOD, titulado Pérdidas y desperdicio de alimentos en el mundo (2012), se definen las pérdidas de alimentos (food losses) como «la disminución de la masa de alimentos comestibles en la parte de la cadena de suministro que conduce específicamente a los alimentos comestibles para el consumo humano» y que «tienen lugar en las etapas de producción, poscosecha y procesamiento«. Y se dice que «las pérdidas de alimentos que ocurren al final de la cadena alimentaria (venta minorista y consumo final) se conocen como desperdicio de alimentos (food waste)«.

Posteriormente, la FAO ha publicado un documento de trabajo al respecto, en el que se matiza un poco esta definición, y se propone un marco de definición de las pérdidas de alimentos (Definitional framework of food loss, 2014). Se trata de un documento de trabajo que puede estar sujeto a futuras modificaciones.

El documento está en inglés. En sus primeras páginas indica que los términos y conceptos esenciales en la definición de Food Loss and Waste (FLW) son:

  • Que el desperdicio de alimentos (food waste) forma parte de las pérdidas (food loss), pero que se mantiene el uso del término pérdidas y desperdicio de alimentos (food loss and waste), porque ya está extendido, y porque permite enfatizar la importancia de la parte del desperdicio en el total de pérdidas. Es decir, en el documento no se define expresamente el desperdicio de alimentos.
  • Que se refiere a alimentos destinados al consumo humano
  • Que las plantas y animales destinadas a alimento cuentan con partes no comestibles («non food parts») que no se incluyen en FLW.
  • Que los alimentos redirigidos a cadenas no alimentarias (incluida la alimentación animal) sí son FLW.
  • Que existe FLW cuantitativas (reducción de masa en kg) y FLW cualitativas (reducción del valor nutricional, del valor económico, de la salubridad y/o de la apreciación por el consumidor).

En el documento se establecen una serie de definiciones, y quizá lo más importante, una serie de notas suplementarias que permiten precisar mejor las mismas.

También se descripe el «alcance del trabajo» a desarrollar bajo la iniciativa SAVE FOOD, de forma que se acotan algunos aspectos importantes como:

  • Qué se incluye y qué no se incluye bajo la definición de FLW.
  • Que los objetivos son la prevención (reducción) de FLW, y la utilización y gestión de FLW dirigidas hacia la alimentación animal, el compost y el biogás.
  • Que el alcance del trabajo no incluye la utilizacion o gestión de las partes no comestibles de plantas y animales.
  • Que incluye los principales subsectores: a) cereales, b) raíces y tubérculos, c) frutas y hortalizas, d) semillas oleaginosas y frutos secos, e) carnes, f) leche y huevos, g) pescado incluido moluscos y cefalópodos.
  • Pero no todos: hierbas, especias y condimientos, café, té y cacao, azúcar y miel, bebidas alcohólicas…
  • Que los contenidos de los programas deben incluir: la cuantificación de FLW; el análisis de sus causas; la evaluación de su impacto en la economía, seguridad alimentaria y nutricional, estructuras sociales, y medioambiente; la identificación y desarrollo de soluciones factibles y eficientes económicamente; la formulación de estrategías y políticas; la implementación de actividades y proyectos de reducción de FLW; la sensibilización, etc.

En la siguiente entrada se continua con nuevas definiciones.

Impacto de las pérdidas y desperdicio de alimentos

Videos sobre el impacto social, económico y medioambiental de las pérdidas y desperdicio de alimentos.

Los dos primeros surgen de la iniciativa SAVE FOOD de la FAO.

http://www.youtube.com/watch?v=7uhicBad4VM

El tercero es una producción de SCHNITTSTELLE THURN GbR, de Alemania. Ver las páginas the TASTE THE WASTE (web y facebook).

Ley francesa para reducir el desperdicio en el sector de la distribución alimentaria

Hoy (22 de mayo de 2015) El País publica la noticia de que la Asamblea Nacional francesa ha aprobado por unanimidad una enmienda a la Ley de Transición Energética, mediante la cual a partir del 1 de julio de 2016 los supermercados franceses de más de 400 metros cuadrados tendrán prohibido tirar a la basura los desperdicios percederos, y deberán donarlos a entidades que los destinen a alimentación animal o a su transformación en abonos agrícolas.