La jerarquía de residuos en el ámbito alimentario, según WRAP

En una entrada anterior se señalaba cómo el artículo 8 de la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados establece la muy conocida jerarquía de residuos que «servirá de orden de prioridades en la legislación y la política sobre la prevención y la gestión de los residuos”.

En esta breve entrada se presenta la adaptación que hace WRAP (Waste and Resources Action Programme, Reino Unido) de dicha jerarquía al ámbito de los residuos alimentarios de las empresas que operan en el sector de alimentos y bebidas.

La jerarquía establece que la opción más favorable es la minimización de residuos, es decir, la reducción de la cantidad de materias primas, ingredientes, productos no aprovechados y convertidos en residuos.

La redistribución de alimentos a través de bancos de alimentos o entidades semejantes entre la población más necesitada sería la siguiente opción, que evidentemente está muy condicionada por cuán percedero sea el alimento en cuestión, y por la existencia o no de la capacidad logística necesaria para hacer frente a la clasificación, almacenamiento y distribución segura e higiénica de los excedentes alimentarios.

La tercera opción sería dirigir los residuos/subproductos hacia la alimentación animal. Esta opción es probablemente la más frecuente en muchos subsectores alimentarios, en particular en las industrias de frutas y hortalizas, cervecería, azúcar, y en general, en el procesado de materias primas de origen vegetal.

Estas tres primeras opciones constituirían actividades de prevención, en el sentido de que impiden que alimentos comestibles se conviertan en residuos. Las siguientes opciones constituirían ya operaciones de tratamiento de residuos.

Dentro de estas opciones las más recomendables serían la transformación biológica de los residuos a través de digestión anaerobia y/o compostaje, entendidas estas como operaciones de valorización (reciclaje).

A continuación se situaría la valorización de los residuos a través de su incineración en condiciones controladas para la hacer posible la recuperación y aprovechamiento de la energía generada (en forma de calor, electricidad).

Y, por último, las opciones más desfavorables serían las de eliminación: la incineración sin recuperación energética y el vertido en vertederos o alcantarillado.

 

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